"los hechos se demuestran con prueba" Cicerón.
Desde los doce años tuve la oportunidad de acudir con mi hermano mayor (Ingeniero Civil) a la ejecución de una obra publica, fue muy interesante y aleccionador. Desde entonces cada verano y tiempos libres regrese innumerables veces a diversas obras en ejecución, la gente, el ambiente, los procesos constructivos me formaron y dieron gusto a mi vida. Posteriormente me involucre en la administración de la empresa, fui parte del personal que elaboraba "concursos" todavia con maquina de escribir, viaje por diversos destinos llevando "los paquetes", desde la adolescencia estuve presente en muchos fallos, visitas de obra (que se aprovechaban para mercadear), fui testigo del desechamiento de muchas propuestas así como la alegría de los fallos favorables. Se había conseguido trabajo. Posteriormente ya tuve la fuerza y posibilidad para trabajar en la obra, mano a mano con el obrero, entendiendo al destajista, aprendiendo del superintendente. ¿como con este plano se puede hacer este edificio?. Pues si, esto por increíble que parezca, es posible. Paso a paso la obra va tomando forma y nosotros somos parte de la misma; a la par no faltan los problemas: ya un trabajador demando a la empresa, por que a esta NO LE HAN PAGADO SUS ESTIMACIONES. La ejecución de la obra es un problema complejo, pero mas lo es la administración de la misma. En esos ayeres aun no entendía para que me iba a servir toda esa experiencia; pero una vez que en 1996 me gradué como Abogado por la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla lo supe: voy a ayudar a las empresas constructoras en solucionar sus problemas !! el objetivo: La empresa constructora como negocio. Pelear contra las entidades, dependencias y/o organismos para lograr el cobro efectivo de las estimaciones, evitar juicios laborales y sindicales, inconformarse contra fallos "a modo", conciliar problemas técnicos de obra para evitar juicios, en casos extremos defender a la empresa contra una rescisión administrativa del contrato. Evitar los reclamos de las garantías (generalmente fianzas) y proporcionar a las Afianzadoras todos los elementos defensa para evitar los cobros indebidos. Desde 1996 a la fecha actual estas han sido nuestras actividades, aplicando la experiencia en obra publica al planteamiento claro y concreto ante los tribunales, de los cuales hemos tenido una gran variedad de criterios que son los que compartimos con ustedes en nuestros articulos que se publican en nuestro sitio:
www.despachomata.com
Atte.
Lic. Julio Cesar Mata H.
jcmata@despachomata.com
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Hola Julio Cesar,
ResponderEliminarAcabo de encontrarme tu sitio y me parece interesante... no he tenido tiempo de ver todas tus entradas pero ten por seguro que te estaré visitando.
Yo tambien soy abogado y tengo algo de experiencia en litigio adminstrativo. Hace algunos años estuve en una empresa importante que licita para Pemex y me tocó participar y litigar, durante casi 4 años varias inconformiadades, recursos de revision y juicios de nulidad.
Me parece una materia muy interesante y un mercado potencial tambien importante.
Quisiera preguntarte, en tu experiencia, las empresas licitantes estan dispuesta a pagar la asesoría legal o bien un litigio? Siento que mucha veces las empresas que licitan ven el litigio como una "mala inversion" por el tiempo y los recursos que hay que invertirle.
Estoy convencido que las inconformidades generalmente no sirven de mucho pero el panorama cambia al llegar al TFJFA. Lo malo es que, para llegar ahi, por lo menos ya pasaron de 3 a 4 meses desde el fallo.
En fin, quedo a tus órdenes.
Jorge Mafud
Mafud Abogados
Monterrey, Nuevo León.
Estiado Licenciado,
ResponderEliminarPrimero que nada, espero que estes muy bien.
Quisiera tu opinion sobre un tema:
La LASSP establece, segun sus últimas reformas, que la convocatoria (la cual contendrá las bases de licitacion) se publicará en el DOF. Las convocantes siguen publicando en el diario oficial un resumen de las bases y requiriendo a los licitantes que vayan a la oficina de la convocante o bien que bajen de Compranet la version completa de las bases.
Consideras que esto es ilegal? Mi opinion es que si lo es ya que, si bien es cierto que la LAASSP permite la publicación de dicho "resumen", donde queda la seguridad juridica de los licitantes cuando el documento que se sube a Compranet es un documento de word, completamente alterable? Incluso, considerando que el medio oficial de comunicacion es el DOF, me parece que, para cumplir con dicha seguridad jurídica, las bases completas deberían publicarse en el DOF y no asi un resumen.
Me gustaría conocer tu opinion. Saludos.
Jorge Mafud