jueves, 31 de diciembre de 2009

ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. LA RESCISIÓN DE UN CONTRATO ADMINISTRATIVO DECRETADA CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 54 DE LA LEY RELATIVA, CONSTITUYE UN ACTO DE AUTORIDAD PARA LOS EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO, CON INDEPENDENCIA DE QUE ESA CONTRATACIÓN HAYA TENIDO SU ORIGEN EN UNA LICITACIÓN PÚBLICA, INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS O ADJUDICACIÓN DIRECTA.

lunes, 21 de diciembre de 2009

Es muy comun una confusion: el residente de la obra es personal de la dependencia miesntras que el superintendente es personal de la empresa contratista.
Art. 1 del Reglamento de la LOPSRM:
IV. Superintendente de construcción: el representante del contratista ante la dependencia o la entidad para cumplir con los términos y condiciones pactados en el contrato, en lo relacionado con la ejecución de los trabajos;

martes, 1 de diciembre de 2009

Reformas 2009.
Se adiciona el arbitraje como un medio alternativo de solución de controversias. Artículos 80 a 86 LAASSP y Artículos 98 a 104 LOPSRM.